Este cambio opera a partir del 01/03/14 por expresa mención de la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 033-2014/SUNAT y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha.
A PARTIR DEL 01/03/14 SE REBAJA LA TASA DE RETENCIONES DEL IGV DE 6% A 3%
El 01/02/2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia
Nº 033-2014/SUNAT, a través de la cual se realizó la sustitución del artículo 6º de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT, rebajando la tasa del régimen de retenciones del
Impuesto General a las Ventas del 6% al 3% sobre el importe de la operación.
Este cambio opera a partir del 01/03/14 por expresa mención de la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 033-2014/SUNAT y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha.
Fuente: Resolución de Superintendencia Nº 033-2014/SUNAT
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