La compañías deben respetar el plazo de 30 días después de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta. Si incumplen con el abono, el empleado puede acudir al Poder Judicial.
Las empresas que no paguen oportunamente las utilidades a los trabajadores podrán recibir sanciones y ser multadas hasta con S/. 190,000 si cuenta con más de 1,000 colaboradores, señaló el abogado laboralista, César Puntriano, a la agencia Andina.
La compañías deben respetar el plazo de 30 días después de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta. Si incumplen con el abono, el empleado puede acudir al Poder Judicial.
Las empresas que no paguen oportunamente las utilidades a los trabajadores podrán recibir sanciones y ser multadas hasta con S/. 190,000 si cuenta con más de 1,000 colaboradores, señaló el abogado laboralista, César Puntriano, a la agencia Andina.
Además, si vencido el plazo para la distribución de las utilidades, la empresa no efectúa el pago, previo requerimiento escrito del trabajador, se generará el interés moratorio correspondiente.
Por ello, el director del área laboral de PwC recomendó a las empresas ser transparentes y entregar información sobre el monto de la renta neta anual antes del impuesto, la remuneración del trabajador, entre otros datos, para que los mismos empleados puedan determinar si el cálculo fue correcto.
Para efectos laborales, las utilidades deberán ser abonadas dentro de los 30 días después de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta.
Fuente: Diario Gestion
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