El Decreto Supremo N° 021-2014-EF amplió por 45 días calendarios adicionales el plazo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 015-2013-IN, el cual dispone que para la implementación del Régimen Especial, los Usuarios del Departamento de Madre de Dios, cuentan con un plazo de 90 días calendario contados partir del día siguiente de la publicación del citado dispositivo, para culminar ante la SUNAT los trámites correspondientes en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados.
Mediante el Decreto Supremo N° 057-2014-EF, publicado el 14.03.2014, se amplía en quince (15) días calendario adicionales, el plazo señalado en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 021-2014-EF, que amplía el plazo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 015-2013-IN que modifica el Decreto Supremo N° 009.2013-IN que fija zonas geográficas para la implementación del Régimen Especial de Control de Bienes Fiscalizados.
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