RESOLUCIÓN Nº 053-2013-EF-30: Oficializan la CINIIF 21, las modificaciones a las NIC 36 y 39 y la versión 2013 de Normas Internacionales de Información Financie

fecha de publicación:  14/10/2009


Oficializan la CINIIF 21, las modificaciones a las NIC 36 y 39 y la versión 2013 de Normas Internacionales de Información Financiera

 

RESOLUCION Nº 053-2013-EF-30

 

(Publicada: 14.09.2013)

 

 

 

CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD

 

Lima, 11 de setiembre de 2013

 

VISTO:

 

Los Despachos Nºs. 35708, 240, 95378 y 17384, que respectivamente contienen la CINIIF 21 - Gravámenes; las Modificaciones a la NIC 36 - Información a revelar sobre el importe recuperable de activos no financieros; las Modificaciones a la NIC 39 - Novación de derivados y continuación de la contabilidad de coberturas, y el Set Completo de Normas Internacionales de Información Financiera versión 2013.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme al artículo 10 de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene, entre otras, la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado;

 

Que, conforme al numeral 16.3 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad;

 

Que, por Resolución Nº 041-2008-EF-94 y normas modificatorias del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial (PCGE), el cual señala en sus Disposiciones Generales que es requisito para la aplicación de dicho PCGE, observar lo que establecen las NIIF;

 

Que, el International AccountingStandardsBoard - IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) remitió al Consejo Normativo de Contabilidad, la CINIIF 21 - Gravámenes; las Modificaciones a la NIC 36 - Información a revelar sobre el importe recuperable de activos no financieros, las Modificaciones a la NIC 39 - Novación de derivados y continuación de la contabilidad de coberturas;

 

Que, con fecha 13 de agosto del presente año, el IASB remitió al Consejo Normativo de Contabilidad el Despacho Nº 17384 que contiene el Set Completo de Normas Internacionales de Información Financiera versión 2013;

 

Que, en la Septuagésima Sétima Sesión del Consejo Normativo de Contabilidad, realizada el 11 de setiembre del presente año, se acordó oficializar tales modificaciones y el Set completo de normas contenido en la versión 2013 de las Normas Internacionales de Información Financiera, con la finalidad de actualizar la práctica contable en el país mediante la utilización de dichos estándares internacionales;

 

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10 de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Oficializar la CINIIF 21 - Gravámenes; las Modificaciones a la NIC 36 - Información a revelar sobre el importe recuperable de activos no financieros, las Modificaciones a la NIC 39 - Novación de derivados y continuación de la contabilidad de coberturas.

 

Artículo 2.- Oficializar la versión 2013 de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC, NIIF, CINIIF y SIC), cuyo contenido se detalla en el anexo que es parte integrante de la presente resolución.

 

Artículo 3.- Establecer que la vigencia de las Modificaciones y Estándares internacionales contenidos en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, será la normada en cada una de ellas.

 

Artículo 4.- Las Normas Internacionales de Información Financiera oficializadas con anterioridad, mantendrán su contenido y vigencia en tanto los mismos no sean modificados o sustituidos.

 

Artículo 5.- Publicar las normas señaladas en los artículos 1 y 2 en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe.

 

Artículo 6.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, la difusión de lo dispuesto por la presente Resolución.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

 

OSCAR PAJUELO RAMÍREZ

 

Presidente

 

MIRLA E. BARRETO VERÁSTEGUI

 

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

 

GUILLERMO DE LA FLOR VIALE

 

Banco Central de Reserva del Perú

 

JORGE DE VELAZCO BORDA

 

Superintendencia de Nacional de Aduanas yAdministración Tributaria

 

JOSÉ CARLOS DEXTRE FLORES

 

Facultades de Ciencias de laContabilidad de las Universidades del País

 

EVA HUAVIL VENTOCILLA

 

Instituto Nacional de Estadísticas e Informática

 

MELINA MARTEL ORTIZ

 

Superintendencia de Mercados de Valores

 

CARLOS RUIZ HILLPHA

 

Confederación Nacional de InstitucionesEmpresariales Privadas

 

ÁNGEL R. SALAZAR FRISANCHO

 

 

 

Junta de Decanos de los Colegios de ContadoresPúblicos del Perú


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