Considerando que mediante Resolución de Superintendencia Nº 033- 2014/SUNAT se ha reducido la tasa del Régimen de Retenciones del IGV del seis por ciento (6%) al tres por ciento (3%), el cual es aplicable para aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se produzca a partir del 1 de marzo de 2014, mediante Resolución de Superintendencia Nº 090-2014/SUNAT publicada hoy, Viernes 28 de Marzo de 2014, se ha aprobado la versión 1.2 del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626.
Considerando que mediante Resolución de Superintendencia Nº 033- 2014/SUNAT se ha reducido la tasa del Régimen de Retenciones del IGV del seis por ciento (6%) al tres por ciento (3%), el cual es aplicable para aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se produzca a partir del 1 de marzo de 2014, mediante Resolución de Superintendencia Nº 090-2014/SUNAT publicada hoy, Viernes 28 de Marzo de 2014, se ha aprobado la versión 1.2 del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626.
La Versión 1.2 del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626 deberá ser utilizado a partir del 1 de abril de 2014, independientemente del período al que correspondan las declaraciones. Por períodos tributarios anteriores a marzo de 2014 se podrá hacer uso del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626 – Versión 1.1 hasta el 31 de marzo de 2014, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.
A partir del 1 de abril de 2014 el uso de la nueva versión del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual 626 - Versión 1.2 será obligatorio en todos los casos. La presentación de la nueva versión del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626 - Versión 1.2 a través de las dependencias de la SUNAT y por Internet (SUNAT Virtual) podrá efectuarse a partir del 1 de abril de 2014, en tanto que la presentación a través de la red bancaria podrá realizarse a partir del 7 de abril de 2014.
Es importante mencionar que la versión 1.2 del PDT - Agentes de Retención, Formulario Virtual Nº 626 estará a disposición de los interesados a partir del 1 de abril de 2014 en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe.
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