Se modifica plazo de prescripción y añade un nuevo supuesto de éste en el Código Civil


Mediante Ley N° 30179, publicada el domingo 06 de abril, el Congreso de la República ha modificado el supuesto de prescripción referido a la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, entre otros, previsto en el Código Civil así como agregado un nuevo supuesto de prescripción relacionado con la acción para solicitar pensión alimenticia.





Mediante Ley N° 30179, publicada el domingo 06 de abril, el Congreso de la República ha modificado el supuesto de prescripción referido a la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, entre otros, previsto en el Código Civil así como agregado un nuevo supuesto de prescripción relacionado con la acción para solicitar pensión alimenticia.

 

En efecto, según esta nueva norma:

 

ANTES DE LA MODIFICATORIA

DESPUÉS DE LA MODIFICATORIA

4. A los dos años, la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la que proviene de pensión alimenticia, la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.

4 - A los dos años, la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.

 

5.- A los quince años, la acción que proviene de pensión alimenticia.

 

 

La entrada en vigencia de esto último es el día de hoy, lunes 07 de abril.

 


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