El Estado peruano es el responsable del exorbitante incremento de la deuda tributaria de la casa televisora durante los 6 años que duró la administración de Genaro Delgado Parker. Esto se debe a que fue el Poder Judicial el que le otorgó el control mediante cuestionables resoluciones.
Para el Tribunal Constitucional (TC), el Estado peruano es el responsable del desmesurado incremento de la deuda tributaria de la casa televisora generada por el actuar doloso de Delgado Parker. Esto porque fue el Poder Judicial quien lo designó como administrador judicial (su representante) a través de cuestionables resoluciones, y despojó a la actual administración del control del canal de televisión.
En efecto, tales pronunciamientos judiciales son discutibles, argumenta el TC, “no solo por haberse recurrido a jueces incompetentes en razón del territorio, sino porque, en buena cuenta, pretendieron arrebatárselo a sus legítimos propietarios a través de espurias medidas cautelares y posteriores intentos de modificar la participación accionaria”.
Además, precisó que el incremento de la deuda tributaria también se generó por la desidia de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), pues, pese contar esta con las herramientas necesarias para cobrar la deuda, no las empleó oportunamente. En ese sentido, agrega que si bien la entidad tributaria cuenta con facultades discrecionales, estas no pueden amparar el trato exageradamente permisivo que se le brindó a Panamericana Televisión.
Finalmente, el TC concluye que pretender cobrar a la actual gestión el íntegro de la deuda tributaria dejada de pagar por Panamericana es arbitrario y carente de racionalidad, por constituir una suerte de “expropiación judicial” que vulnera el derecho de propiedad.
Bajo estos argumentos, el TC declaró fundada la demanda de amparo (Exp. Nº 04617-2012-PA/TC) interpuesta por el representante legal de la televisora contra la Sunat, e inexigible a Panamericana Televisión S.A. la deuda tributaria generada durante la administración de Genaro Delgado Parker –entre el 24 de febrero de 2003 y el 8 de junio de 2009–por lesionar el derecho de propiedad.
La Corte IDH: el caso Baruch Ivcher y Frecuencia Latina
Al analizar el caso concreto, los magistrados del TC concluyeron que la situación de la actual administración de Panamericana Televisión era similar a la del ex accionista mayoritario del canal de televisión Frecuencia Latina, Baruch Ivcher, quien recuperó el control de esta mediante una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Por tal razón, realizó el control de convencionalidad y aplicó los criterios sobre cobro de deudas generadas por indebidas administraciones judiciales, establecidos por la Corte IDH en el caso Ivcher Bronstein vs. Perú (sentencia de fondo y supervisión de cumplimiento):
“[C]orresponde a las instancias competentes del Estado (…) adoptar las medidas y procedimientos necesarios para abstenerse de cobrar aquellos tributos, multas y/o intereses moratorios generados durante la administración ilegal (…) a fin de restablecer el uso y goce de los derechos del señor Ivcher Bronstein como accionista mayoritario de la empresa y con el propósito de garantizar que su derecho patrimonial sobre dicho capital no se vea afectado por deudas tributarias generadas por actos ilícitos del propio Estado”.
fuente: la ley
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