Desde el pasado 1 de abril está vigente el nuevo reglamento de tarjetas de crédito y débito de la SBS que idica este cambio.
La semana pasada una mujer –cuyo nombre se guardó bajo siete llaves por su seguridad– denunció ante la prensa que delincuentes sustrajeron US$46.500 de su cuenta bancaria. Afirmó que antes de que ello sucediera, le habían robado sus documentos (tarjeta de crédito y DNI).
Sin embargo, tomó las precauciones del caso: anuló su tarjeta. Eso no fue suficiente, los facinerosos buscaron a una persona parecida físicamente a ella y solicitaron una tarjeta en una agencia bancaria, así realizaron varios retiros de efectivo.
¿Qué pasó después? El banco –en este caso el BBVA– se vio en la obligación de devolverle la suma por dos razones: su sistema de seguridad había fallado y el nuevo reglamento de la SBS, vigente desde el 1 de abril, así lo disponía.
Lizardo Agüero, docente del CIDE- PUCP, dice que en el caso de una suplantación, uno de los cambios del reglamento establece la responsabilidad de los bancos. “Esto se aplica en el caso de que en sus oficinas no se hayan establecido los mecanismos de seguridad pertinentes, como verificar la identidad del cliente a través de su DNI y firma”.
Asimismo, las empresas deben contar con monitoreos de transacciones que tengan como objetivo detectar aquellas que no corresponden al comportamiento habitual de consumo del usuario. Ergo, si de la noche a la mañana un cliente hace grandes retiros en pocos días, el banco debe detectarlo y cerciorarse de que no existe un caso de fraude.
El paquete de normas también señala que en el caso de clonaciones, la responsabilidad atañe a las firmas del sistema financiero. “Los usuarios no serán responsables de las pérdidas que genere este hecho, al menos que la entidad demuestre que estuvieron implicados en la estafa”, añade.
Augusto Cáceres, decano de la Facultad de Negocios de la UPN, dice que ahora existe la obligación de revisar periódicamente el buen funcionamiento de los cajeros, para que los delincuentes no puedan realizar alteraciones. “Antes, como no estaba normado, no todos los reclamos eran atendidos”, finaliza.
¿Y el seguro de tarjetas?
El artículo 23 del nuevo reglamento es bastante claro: “El usuario no es responsable de ninguna pérdida por las operaciones realizadas cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación”. Con este punto una pregunta queda en el aire: ¿cuánto afecta esto a los seguros de las tarjetas de crédito?
Agüero considera que “obviamente las debilita”. Aun así, señala que en las actuales condiciones de inseguridad ciudadana, con altos niveles de siniestralidad, una persona podría estar expuesta a ser obligada a sacar dinero de su cuenta y “tener un seguro sirve como un mecanismo de cobertura”. Por su parte, Cáceres sostiene que el seguro es un servicio complementario y no se vería afectado con las recientes normas. Habrá que ver la respuesta del usuario.
¿Cómo actuar ante un robo, pérdida o fraude?
1. En caso de robo o pérdida de una tarjeta de crédito o débito, el usuario debe comunicarse inmediatamente con el banco para su anulación, señala Juan Carlos Ocampo, director de Mundo Negocio. La nueva normativa de la SBS exige que este proceso pueda realizarse las 24 horas del día.
2. Luego, el banco debe enviarle al cliente un registro físico o digital de esta comunicación y un código del reclamo, que este último debe guardar como prueba. Si también se le ha extraviado el DNI u otro documento, debe realizar una denuncia en la comisaría donde sucedió el percance.
3. Como prevención, solicite a su banco un límite a sus transacciones diarias. Así la tarjeta se bloqueará si alguien quiere retirar un monto alto.
4. Si detecta que las entidades financieras adoptan conductas contrarias al nuevo reglamento de seguridad, repórtelas llamando a la línea gratuita 0800-10840 de la SBS.
fuente: diario el comercio
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