Comunicación al depositario de la CTS de las 6 últimas remuneraciones de los trabajadores

A partir de mayo 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral se podrá disponer hasta el 70% del excedente de 6 remuneraciones brutas, constituido como monto intangible, para lo cual los empleadores deberán comunicar a las entidades financieras el equivalente al monto intangible por cada trabajador.



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fuente. www.caballerobustamante.com
20140421_cts_inf.pdf
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