De acuerdo a lo establecido en el art. 37º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios, incluidos sus intereses son intangibles e inembargables, salvo por alimentos y hasta el 50%.
De acuerdo a lo establecido en el art. 37º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios, incluidos sus intereses son intangibles e inembargables, salvo por alimentos y hasta el 50%.
Cuando el trabajador esté afectado por un juicio de alimentos, el art. 38º del TUO del Dec. Leg. Nº 650 contempla la obligación del empleador de "comunicar al juzgado, bajo responsabilidad y de inmediato, sobre el depositario elegido por el trabajador demandado y los depósitos que efectúe, así como de cualquier cambio de depositario. El mandato judicial de embargo será notificado directamente por el juzgado al depositario de la CTS".
Excepcionalmente, en el supuesto de que la empresa va a pagar la CTS en una liquidación al cese de un trabajador, deberá proceder a efectuar directamente la retención correspondiente sobre dicho beneficio y proceder a su entrega a la persona beneficiaria.
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LUPE (martes, 13 febrero 2018 02:01)
El padre de mi hija renuncio a la empresa despues de 16 años y ha cobrado el 100% de la CTS a pesar de habersele solicitado a traves del juzgado el 50% . Por favor que debo hacer .
LUPE (martes, 13 febrero 2018 02:04)
Mi correo es lupevega82@hotmail.com
Rosario (martes, 27 marzo 2018 12:48)
Tengo un juicio de alimentos y me corresponde el 50% de la CTS pero el juzgado tiene el cheque desde hace un mes y aún no me lo entregan, me dijeron que debo hacer una liquidación de devengados y siempre y cuando no haya observación de la otra parte me lo entregarían en partes. Esto es correcto?
Esperanza Amelia (miércoles, 04 abril 2018 09:25)
El papa de mi hija renunció al trabajo tenía 15 años en la empresa y a cobrado toda su cts porfavor k puedo hacer pascodeyanira@gmail.com
Kdcp (martes, 24 abril 2018 14:49)
El papá de mis hijos será liquidado este fin de mes tengo juicio de alimentos me corresponde el porcentaje de su CTS y que debo hacer al respecto
Jossy (jueves, 26 abril 2018 19:47)
Buenas noches , en marzo del año pasado 2017 inicie un juicio en contra de mi papa, ya que, se retiro de la fuerza militar del Perú, empece un juicio con el para el cobro del cheque (cts) solicitando el 50% del cheque, ya que, aun me encuentro cursando estudios superiores y con ello deseo pagar mi titulación, sin embargo hasta ahora el cheque sigue retenido en palacio de justicia del callao, y yo sigo esperando sentencia, necesito ayuda que es lo que podria hacer, he realizado escritos tras escritos con mi abogado y seguimos a la espera de la sentencia. Si alguien desea ayudarme, si alguien ha pasado un caso similar, por favor escribirme al correo jossylinda57@gmail.com , muy agradecida. Saludos
bertha poquioma (lunes, 14 mayo 2018 15:34)
el papa de mi hijo a renunciado a su trabajo le corresponde su cts.
YUDY (jueves, 13 septiembre 2018 10:21)
SOY ESPOSA DE UN CORONEL PNP CESADO EN DICIEMBRE 2016 ,EMBARGUE CTS EN FEBRERO 2017 ,MAI MANDATO JUDICIAL DICE Y ACUDA CON UNA PENSION DEL 45% INCLUIDA REMUNERACIONES,BONIFICACIONES GRATIFICACIONES Y TODO CONCEPTO ECONOMICO QUE PERCIBA EN SU CALIDAD DE POLICIA. HE SOLICITADO REITERADAS VECES LA ENTREGA Y HASTA LA FECHA AÑO Y MEDIO Y NO ME LO ENTREGAN DICE LA JUEZ QUE SOLO LO DARA SI HAY DEUDA CASO CONTRARIO NO ESTA DE ACUERDO A LEY.
Cristina (sábado, 20 octubre 2018 23:06)
Buenas noches, yo también quisiera saber que puedo hacer, tenía una orden de retención cts por alimentos, el padre de mi hijo dejó de laborar y al pedir la retención al banco dijeron que no tenían esa cuenta que nos brindó el empleador, por favor dígame que debo hacer, mi correo es jcris_05@hotmail.com
Ricardo Castillo (martes, 30 octubre 2018 18:16)
He leído ,pero porque no estan las respuestas, serían amables de publicar, para poder tener referencia.
Ratacho (jueves, 22 noviembre 2018 17:45)
El bono excepcional que se percibe el personal administrativo del ministerio público es pensionable en las pensiones de alimentos
carini07@gmail.com (lunes, 21 enero 2019 11:08)
Yo he esperado la CTS, desde 2017, y nada...no se q hacer? Porque demoran tanto,
Caridad
Dimas Gonzales Ponce (domingo, 03 marzo 2019 11:26)
Se entiende que el embargo de la CTS., por alimentos vía judicial es una medida para garantizar la subsistencia del alimentista en cuanto pierda el trabajo y no perciba remuneración, si embargo en el caso de que el empleado al ser cesado perciba una pensión digna por que la CTS debera contiunar embargado ya que al ser pensionario el obligado no descuidaría sus obligaciones contra los alimentistas.
De ante mano le agradecería una opinion al respecto y de ser posible me lo retransmita al correo gonza030@hotmail.com o wasap 996002927
Gracias .
Hector (miércoles, 05 junio 2019 21:34)
Tengo dos juicios, y ambas han solicitado el 50% cada una de mi CTS y de mi liquidación en el caso me retire , esto procede ?
Me descuentas l 60 % y mis hijos están en colegio nacional, las madres trabajan y tienen casa propia , nunca fue un mal esposo , me separe de la segunda después de arreglarle toda su casa y comprarle todo. la separación fue por problemas con sus hijos mayores quienes yo mantenía.
Clau (lunes, 10 junio 2019 16:54)
Hector,Procede siempre y cuando le debas a los alimentistas
Miguel Angel (sábado, 21 septiembre 2019 06:09)
El embardo del 50 % de la cts solo aplica
Cuando uno deja de trabajar o también cuando uno sigue laborando y tiene un monto tangible que puede retirar.
Kathy (jueves, 26 septiembre 2019 12:16)
El embargo de retención de CTS, solo es entregado cuando en el principal de alimentos existe una liquidación de pensiones devengadas aprobada; estando a que este embargo es como un "fondo para garantizar las pensiones en caso de cese" no se entrega inmediatamente y mucho menos si es que no hay deuda pendiente, por lo tanto no es un tramite inmediato y, tampoco se endosa al alimentista para los estudios, como solicitaron lineas arriba. Por ello solo se consigna y obra en el expediente. En el caso de quienes trabajan en PNP, FAP y ejercito por ejemplo, siempre pensionaran, no incumpliendo (si es que se le retiene) pudiendo, a criterio del Juzgador, solicitar el levantamiento.
Jimmy (lunes, 14 octubre 2019 21:33)
Se puede pedir la suspencion de enbargo de cta si cumplo con las pensiones
CESAR GS (domingo, 01 diciembre 2019 22:41)
Se ordeno el embargo por alimentos incluyendo la CTS. En que momento se puede pedir la entrega al alimentista si este requiere para sus estudios? Solo procede al cese del obligado?
Liz (viernes, 07 febrero 2020 00:50)
Tengo retencion de alimento x un monto fijo de 800 soles si renuncio incluye q me descuenten parte de mi liquidacio?
Adriano. Adrian20055@gmail.com (viernes, 28 febrero 2020 20:53)
Hola Liz. Buenas noches.
Si renuncias te van descontar de la liquidación, si es que la demandante haya solicitado.
Cernanayra@gmail.com (martes, 10 marzo 2020 17:49)
Tengo una retención del cts de mi padre tengo 25 años , como hago poder retirar le dicen que solo era una garantia
Rosa (domingo, 29 marzo 2020 18:49)
Hola, ahora con el decreto supremo por el contagio del coronavirus están dando a retirar hasta 2,400 de la cts, si a mi hijita le corresponde el 25% de todos los beneficios del demandado incluyendo cts, como haría en esto? Directamente le depositarán asu cuenta de ella? O solo lo puede retirar el empleado osea el demandado?
Jak(29/4/20) (miércoles, 29 abril 2020 08:55)
Por este estado de emergencia no estan pagando alimentos yo tenia que cobrar el 27 pero nada segun me dicen el gobierno pagara asta fin de año
yhu (viernes, 14 agosto 2020 22:36)
la empresa tiene la cts del demandado o lo deposita al juzgadocomo se pide
Ana Maria (jueves, 17 septiembre 2020 16:23)
Hola no me deposita varios años tiene trabajo fijo empleado como hago para solicitar los devengados liquidación AFP y k me pase la mensualidad y para solicitar una orden de captura gracias x su ayuda miana.cb.12@gmail.com
Patricia huaman (sábado, 31 octubre 2020 23:21)
Estoy pidiendo la cts x alimentos cuanto me corresponde de % ,ya que el alimentista tiene dos denuncias de alimentos uno del 27 % y otro del 33% y solo se puede coger el 50% ,xfavor que puedo hacer gracias.
Dani (martes, 01 diciembre 2020 14:31)
Buenas tardes.. Tengo 2 juicios.. Me están liberando la cts por q ahora trabajaremos con otro empleador.. Ose como un traslado, pero aun así la asistenta indica q le dep con cheque a su cuenta de mi hija. Mayor.. Donde tengo el 30% y de mi otra esposa e hijo actual tengo 30% que tendría q hacer el empleador?
Carlos (miércoles, 13 enero 2021 15:59)
A la, sarta de vagas, trabajen y dejen de pedirle al ex plata.... Todas quieren CTS, vagas de mierda!
Felipe Palomino (sábado, 17 abril 2021 12:30)
Tengo problemas para retirar m cts pork tengo un juicio x alimentos la empresa ya notifico al juez x medio de una plataforma x la pandemia aora se manda asi pork n estan atendiendo directamente aoea solo xla web ya ase un mes. La empresa esta esperando la carta firmada x el juez para yo poder cobrar m cts. K puedo aser al respecto gracias
Jose Luis Sanchez (jueves, 22 abril 2021 14:00)
Buenas tardes y si se da el caso de tener un juicio de alimentos y con la nueva ley del 100% será liberación y no cese, de igual forma se retendrá parte del dinero o se va a corregir la norma
yui (domingo, 25 abril 2021 16:00)
señores del gobierno, empresarios jueces de paz letrados no dejen desamparados a los hijos acuerdense y ejecuten los embargos de cts a favor de los hijos no favorezcan a los hombres irresponsables
HECTOR nuñez salas (jueves, 29 abril 2021 15:38)
Yo estoy al día con la pensión de alimentos de mi menor hija que es de 20% de mi pago por que yo soy pescador industrial quisiera saber si le corresponde también el descuento del cts
Miguel Angel (viernes, 30 abril 2021 17:57)
Tengo mi CTS bloqueada por juicio por alimentos 50%.
Mi pregunta es la siguiente: Una vez que mi hija cumpla la mayoría de edad está automáticamente se desbloquea?
O se debe hacer de todas maneras la entrega del 50% ?
A los cuantos años debo dejar de pasar la pensión por alimentos?
olui (martes, 04 mayo 2021 16:30)
cuyo monto debera ser puesto a dispocision del juzgado mediante certificado de deposito judicial por ante el banco de la nacion que significa alguien me podria explicar hay liquidacion de devengados aprobada pero cuando se pide que se le descuentn de la cts dicen aga su pedido con mas estudio de autos no existe ningun deposito del
efectuado al demandao de cts
olui (miércoles, 05 mayo 2021 19:35)
todas las cts se lo agarran el poder judicial en especial del callao en complicidad con jueces y secretarios keiko y castillo ahi tienen una gran tarea
Asesor empresarial (miércoles, 05 mayo 2021 21:58)
Hola Miguel Ángel, si su progenitor o hijo(a) obtenga la mayoría de edad deberá informar con carta poder a la empresa y juzgado para q puede darse el desbloqueo y tomen las medidas pertinentes a favor de usted.
Asesor empresarial 2 (miércoles, 05 mayo 2021 22:06)
Hola oliu, de ser así tarde o temprano llegarán a ser sancionados por la justicia, hay q siempre estar al pendiente de nuestros derechos laborales para llevar un control como trabajador dependiente
Luis poma (jueves, 06 mayo 2021 07:20)
En este retiro dado x el gobierno de retitar el 100 % puedo hacer el retiro.... Ya q tengo retención judicial y tengo mi cuenta bloqueada x el banco k puedo hacer en este casa
Luis poma (jueves, 06 mayo 2021 08:23)
Con este retiro de 100 % de la cts puedo retirar el 50 % ya k tengo bloqueada la cuenta por el banco
Teo (jueves, 06 mayo 2021 19:03)
Tengo bloqueado la cuenta de cts por alimentos puedo sacar el 100%con la última ley que de dio
Segura (viernes, 07 mayo 2021 09:58)
Ahora k van a dar la cts, al papá de mis hijos le han retenido el 50% de la cts, porque tiene un juicio por alimentos, yo puedo retirar el 50% k le han retenido???... El decreto supremo que han publicado hace unos días con relación al retiro de las cts no específica eso
Gaby (lunes, 10 mayo 2021 11:17)
En mi caso, la cts dice el padre de mis hijos esta bloqueada y no puede retirar ya que esta dividida en 3 personas. Con esta nueva ley se podrá tener acceso , ya que la pensión por alimentos es mínima...gracias por la respuesta
Abilio (lunes, 10 mayo 2021 12:58)
Cts
tgy (lunes, 17 mayo 2021 14:35)
sea menor o mayor de edad la empleadora tiene que retener la cts del demandado Si el juez lo manda no es porque sea mayor edad el embargo de cts desaparece verdad ?
Orlando (lunes, 17 mayo 2021 22:51)
Hace 20 años vengo cumpliendo retención por alimentos por 18% (12% por mi hijo y 6% por mi esposa de cual me separé, aún no me divorcio), hace 20 años dicha Sra embarga mi cts como medida cautelar por un 40%, no obstante que cumplo con la retención por alimentos totalmente mes a mes. Ahora mi hijo ya tiene 25 años y culminó sus estudios de la universidad. Cómo hago para levantar el embargo de mi cts o al menos que dismuya el % de retención de cts solo al que corresponde a la Sra de 6% y no el 40% para tener derecho a retirar montos de mi cts. Muchas gracias por sus alcances y quisiera poder contactar con uds.
Veronika (miércoles, 19 mayo 2021 16:44)
Buenas tardes , tengo la retención del 50% de la CTS y el denunciado quiere sacar ya su dinero , pero me dice que quite la denuncia , cosa que no lo voy hacer ya el me debe un devengado por 11 años que no les pasó a mis hijos , a dónde debo de recurrir para poder hacer uso del dinero para mis hijos ya que ellos estudian especialidades de su carrera uno otro hijo a punto de acabar su profesión .
Brenda (lunes, 24 mayo 2021 15:58)
El papá de mi hija supuestamente no recibió su cts cuánto es lo que le corresponde a mi niña porque que yo sepa ya cobró todo su cts
FIORELLA (viernes, 18 junio 2021 09:11)
LA PREGUNTA TENGO 21 AÑOS ESTOY TERMINANDO LA UNIVERSIDAD, MI PADRE ME MOLESTA TANTO POR EL EMBARGO QUE LE HIZO MI MADRE DE SU CTS,,QUIERO DE UNA VEZ POR TODAS ACABAR CON ESTO, QUIERO VIVIR EN PAZ. QUE DEBO HACER PARA LEVANTAR DICHO EMBARGO POR MI PARTE, DADO QUE MI HERMANO TIENE 13 AÑOS Y EL NO PUEDE DECIR
Bertha (viernes, 13 agosto 2021 01:00)
Quisiera saber si del pago de Cts que le van a dar al papá de mi hija, a ella le corresponde cobrar algo, actualmente ella cobra el 50% de su pensión de alimentos , es estudiante universitaria de Medicina. Por favor agradeceré su respuesta.
JUAN CARLOS (miércoles, 25 agosto 2021 13:17)
HACE 8 AÑOS PASE AL RETIRO Y MI EMPLEADOR POR ORDEN JUDICIAL DE ALIMENTOS MEDIANTE MEDIDA CAUTELAR REMITIO AL JUZGADO UN CHEQUE DE % DE RETENCION DE MI CTS Y HE PEDIDO LA DEVOLUCION Y EL JUZGADO ME RESPONDIO QUE EL TOTAL DEL % HA SIDO ENTREGADO A MIHIJO QUE YA TIENE 27 AÑOS Y TAMPOCO SE HA CONSIDERADO QUE YO SOY CASADO Y TENGGO HIJOS EN MI MATRIMONIO QUE DEBO HACER?
Grace (domingo, 19 septiembre 2021 21:54)
El papá de mi hija renunció y yo recibía una pensión del 20% vía de retención. Judicial que me depositaba la empresa mes a mes quiero saber si me corresponde el cts? Nunca se presentó medida cautelar y en mi sentéNcía si bien. Es cierto no se hace mención al cTs pero si se hace mención a TODOS SUS BENEFICIOS SOCIALES Y POR TODO CONCEPTO QUE DEBO HACER SI LO SOLICITO Y LA JUEZA ME LO DENIEGA
Eli (viernes, 07 octubre 2022 23:58)
Quiero saber si puedo retirar el cts q esta blokeada a la cta del padre de mi hijo, ya que el estado dio una orden de retiro, voy a poder retirar o no ??? Gracias
Julio César Castillo Huayanay (lunes, 14 noviembre 2022 02:14)
Tengo retención judicial por alimentos hace 2 años y hasta ahora no hay una orden para que la madre de mis hijos pueda cobrar ni yo pueda acceder al 50%
Asesor 09 (domingo, 04 diciembre 2022 15:46)
Hola grace ; #52 ; si bien es cierto el padre de tu hijo(a) te estubo pagando la pensión correspondiente, la cts es compensación por tiempo de servicios la cual el esposo si desea pagarlo por medio de la cts ; si en caso aún no tiene trabajo o empezaría a trabajar de nuevo ya q su obligación es rentabilizar y pagar la pensión de su hijo.
Asesor 10 (domingo, 04 diciembre 2022 16:11)
Bertha #50; la cts se le da por la labor efectuada por el tiempo de trabajo , si bien tr pasa una pensión atrasada , la cts es una compensación por el trabajo realizado por el tiempo a largo plazo la cual no corresponde ya q tr pasa el 50% de su sueldo ; si bien fue despedido ( depende del padre pagarle eln50% ) o sigue laborando tiene q esperar el 50% del descuento de su sueldo.