Especialistas advierten que en algunos casos específicos la administración tributaria ya ha realizado acciones concretas sobre los precios de transferencia. El especialista en precios de transferencia de Ernst & Young, Gustavo Macedo, señaló que a pesar de que la Administración Tributaria aún no puede exigir la presentación de estudios de precios de transferencia, ya la Sunat ha fiscalizado a algunas compañías, de manera específica en el tema de precios de transferencia.
Cabe recordar que los precios de transferencia son aquellos precios que pactan las compañías que se encuentran vinculadas económicamente en las transacciones que realizan entre ellas. Su importancia radica en que, a través de ellos, las compañías multinacionales podrían disminuir su carga tributaria, mediante el traslado de sus utilidades hacia empresas que presentan pérdidas o hacia jurisdicciones que exigen menores tasas impositivas. Macedo explicó que por esta razón los precios de transferencia son regulados por las leyes relacionadas con el impuesto a las ganancias, que básicamente exigen que los mismos sean pactados tomando en consideración el valor de mercado de los bienes o servicios transados. "En otras palabras, se espera que dos contribuyentes vinculados económicamente siempre se comporten como si fueran entidades independientes", subrayó. Macedo indicó que la legislación nacional habla de la necesidad de contar con estudios de precios de transferencia para empresas vinculadas, desde el año 2001, sin embargo recién el 1° de enero de este año entró en vigencia el reglamento sobre Precios de Transferencia y en esta norma se precisó que para el periodo 2001-2005 no sería exigible la presentación de estudios de precios de transferencia, los cuales sí serán exigibles a partir del año 2006, es decir que en los primeros meses del año 2007 las empresas ya deberán contar con dicho Estudio. Fiscalización Sin embargo señaló que en los últimos años más empresas se han interesado en contar con un Estudio de Precios de Transferencia, pues si bien Sunat durante la fiscalización no puede exigir el Estudio Técnico, sí puede, y lo hace, fiscalizar el valor de mercado de los precios de transferencia que se pacta entre las empresas vinculadas. Agregó que la mejor manera de poder sustentar ese valor de mercado es contando con un estudio de precios de transferencia. "Podrían revisar los precios de transferencia y toda la documentación sustentatoria, Sunat podría cuestionar, acotar, y reparar la operación, señalando que la empresa no pactó sus precios al valor de mercado", subrayó. Explicó que la función del Estudio de Precios de Transferencia es demostrar la razonabilidad que existe detrás de los precios de transferencia, es decir, porque los precios se pactaron de tal o cual modo. Fuentes de Sunat indicaron que aún no se están realizando fiscalizaciones sobre este tema.
Acciones concretas Tania Quispe, directora del Departamento de Precios de Transferencia de Deloitte, indicó que actualmente se estima que existen alrededor de 2,500 contribuyentes sujetos a la obligación de contar con un Estudio de Precios de Transferencia, de los cuales aproximadamente 1,200 ya lo habrían realizado, es decir, poco menos del 50%.
Sostuvo que con el objetivo de llevar un mayor control de los precios pactados por las empresas de nuestro país en sus operaciones con otras empresas vinculadas y con sujetos domiciliados en los denominados refugios o paraísos fiscales (o sea, de los Precios de Transferencia), la Sunat viene desarrollando una serie de acciones concretas, entre las cuales se encuentra la implementación del software requerido para la declaración informativa de estas operaciones, establecida por la ley del Impuesto a la Renta a partir del ejercicio gravable 2006.
LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL
Gustavo Macedo informó que Ernst & Young ha publicado la quinta Encuesta Global de Precios de Transferencia, la cual muestra que más países han introducido o revisado sus legislaciones sobre precios de transferencia, incluyendo mayores requerimientos de documentación y multas por no contar con un adecuado soporte para el cálculo de los precios de transferencia. Explicó que debido a ello las compañías deben tener mucho cuidado sobre la determinación de sus precios de transferencia, así como conservar toda la documentación sustentatoria.
Muestra de ello es que el 70% de las respuestas de los encuestados consideran que el estudio de precios de transferencia es más importante ahora que hace 2 años.
Asimismo precisó que la Encuesta Global ha encontrado evidencia de un incremento en la actividad fiscalizadora de las autoridades tributarias en el mundo.
Así 65% de las compañías matrices encuestadas respondieron que habían experimentado algún tipo de fiscalización sobre precios de transferencia desde el año 2001. De las fiscalizaciones con resultado conocido, un 44% de dichas compañías respondieron que sus procesos de fiscalización habían resultado en ajustes en los valores acordados en sus transacciones con partes vinculadas.
Fuente Diario Gestión Pág.17
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