Se detalla lo siguiente:
1.PERSONAS OBLIGADAS A AFILIARSE
Los Trabajadores Independientes se deben afiliar y aportar GRADUALMENTE de forma obligatoria para fines de su jubilación, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
Hayan nacido a partir del 1 de agosto de 1973.
Perciban ingresos de cuarta categoría y/o ingresos de 4ª-5ª. categoría
No se encuentren afiliados a ningún sistema previsional.
2. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Afiliarse a la ONP o la AFP por Internet o de forma presencial en los centros de Servicios de :
ONP
AFP hábitat, en caso sean nuevos aportantes.
Entregar a su agente de Retención el documento que acredite sus afiliación al sistema elegido.
3. EL APORTE GRADUAL Y SUS TASAS
Mediante ley N° 30082 publicada el 22 de setiembre de 2013 se ha dispuesto, que el aporte previsional obligatorio para los trabajadores independientes, será con tasas graduales que se inician desde el 1 de agosto de 2014 ante el Sistema Nacional de Pensiones-ONP o el Sistema Privado de Pensiones-AFP, conforme a las siguientes tasas :
Vigencia de las tasas
Vigencia de las tasas |
Tasa de aporte al SNP-ONP | Tasa de aporte al SPP-AFP(*) |
Desde agosto de 2014 a julio de 2015 | 5% | 2.5% |
Desde agosto de 2015 a julio de 2016 | 7.5% | 5% |
Desde agosto de 2016 a julio de 2017 | 10% | 7.5% |
A partir de agosto de 2017 | 13% | 10% |
4. DECLARACIÓN Y PAGO
Las empresas y entidades comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta ,son los AGENTES DE RETENCIÓN de los aportes previsionales obligatorios a partir del 1 de agosto de 2014 como sigue :
Si son aportes a la ONP -Sistema Nacional de Pensiones
A través de la PLAME (Planilla Electrónica)
Los trabajadores independientes , declaran y pagan a través del PDT 616 o formulario virtual simplificado 616 cuando :
Presten servicios a empresas no obligadas a retener (del RUS o RER) o
Presten servicios a personas naturales o
Excepción: Si son personas no domiciliadas y no cuentan con número de RUC. usan el formulario 1075 para pagar aportes a la ONP.
Si son aportes al Sistema Privado de Pensiones – (AFP)
Los Agentes de Retención lo hacen por Internet a través del aplicativo AFP Net o ante los bancos recaudadores.
Los trabajadores Independientes lo realizan a través del Convenio de Pago de Aportes de Trabajadores Independientes mediante
Cargo automático en cuenta de ahorros o cuenta corriente del Banco de Crédito del Perú.
Aportes con cargo a su tarjeta de crédito: Visa.
Por internet con el aplicativo AFP net.
Fuente: E-Boletin SUNAT
http://eboletin.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=160:pensiones-y-su-aporte-gradual-obligatorio&catid=1:orientacion-tributaria
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