Se formulan las siguientes consultas vinculadas con el tratamiento que corresponde brindar a las enajenaciones de inmueble s efectuadas por personas naturales que no generan rentas de tercera categoría:
1. ¿Está gravada con el Impuesto a la Renta, la enajenación de un inmueble efectuada por una persona natural que no genera rentas de tercera categoría, considerando que el inmueble enajenado venía siendo ocupado por dicha persona como casa habitación y que esta persona además es propietaria de otros inmuebles?
2. ¿Se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta , la enajenación de un inmueble construido después del 1.1.2004 sobre un terreno adquirido con anterioridad a dicha fecha, efectuada por una persona natural que no genera rentas de tercera categoría? De ser afirmativa la respuesta, ¿cómo se determina el costo computable del inmueble enajenado(1)?, ¿cómo se calcula la renta sobre la cual se aplicará el Impuesto a la Renta?
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