Conoce cómo evitar ser víctima de lavado de activos

Carlos Caro Coria, especialista en derecho penal económico, explica qué operaciones financieras son consideradas como irregulares y cómo se determina la responsabilidad penal.



Aunque en los casos judiciales en el Perú sobre el delito de lavado de activos no se tiene criterios uniformes para establecer la responsabilidad de acusado de este delito, Carlos Caro Coria, especialista en derecho penal económico, comentó que a nivel internacional ya existe una relación detallada de operaciones financieras consideradas como irregulares.

 

Así, los indicios para que se acuse a una persona de cometer el delito de lavado de activos, pueden ser tres, explicó Carlos Caro.

 

1. Patrimonio injustificado

 

Resulta de interés, explicó Caro, establecer la ausencia de negocios lícitos que puedan justificar el capital del que se disfruta, es decir si el acusado maneja grandes cantidades de dinero en efectivo, adquiere inmuebles suntuosos (casa en la playa), realiza fiestas en hotel de cinco estrellas, tiene tarjetas de crédito muy exclusivas sin límite de crédito pero no puede probar ingresos legales (trabajo, herencia, ahorros y otros).

 

Caro precisó que en estos casos existe la posibilidad de invertir la carga de la prueba respecto del origen lícito, es decir, una vez acusado de cometer el delito del lavado de activos por la Fiscalía, debe ocuparse de probar el origen lícito de sus ingresos.

 

2. Operaciones irregulares

 

Caro detalló que algunas acciones que pueden considerarse irregulares o sospechosas:

 

A) Creación y extinción sucesiva de distintas sociedades

Esto es la creación de sociedades y la cadencia contractual, a ritmo acelerado que convertía a las empresas en entes generadores de transacciones y contratos que aparecen y desaparecen.

 

B) El manejo de inusuales cantidades de efectivo

Un inusual manejo de efectivo” en cantidades importantes, en billetes pequeños o en el domicilio (repartidas en diferentes lugares en zapatos o sobres semiabiertos) y sin ingresos legales reconocidos, o cambios en el comportamiento económico del sujeto cuando entra en contacto con personas o grupos vinculados a actividades criminales.

 

C) Incautación de máquinas contadoras de billetes

Hallazgo de máquinas contadoras de billetes, no obstante, a veces su posesión puede ser perfectamente lógica y justificable, como en las personas que regentan Casas de Cambio (o cambistas), pero normalmente revela el uso frecuente de efectivo en circunstancias no justificables cuando se trata del domicilio particular.

 

D) La transferencia de fondos a paraísos fiscales

El envío de dinero a paraísos fiscales, sobre todo cuando es de notoria importancia o periódico, ha sido considerado como una operación irregular, indiciaria de la voluntad de blanquear capitales.

 

E) Utilización de sociedades ficticias y testaferros

El encargo a otro de labores que se podrían realizar personalmente, por ejemplo, cambio de moneda. Situar al frente de la sociedad a un “hombre de paja” o sociedades ficticias: La no celebración de Juntas Generales de las sociedades “pantalla”, deja claro que su gestión no corresponde realmente a los socios que formalmente la componen.

 

F) La transferencia de fondos a través de Banca “Hawala” (sistema bancario informal).

La compensación de créditos entre comerciantes de diferentes países al margen del sistema bancario tradicional.

 

G) El traslado físico de grandes cantidades de dinero al extranjero o desde el extranjero

El tránsito por nuestras aduanas con fuertes sumas de dinero o sumas que se ocultan a las autoridades; y donde no existe una razón confesable para el transporte, correos humanos llevaban ocultos en varios fajos pegados a su cuerpo.

 

H) Movimientos financieros anómalos

La utilización de un “préstamo retorno” o la realización de ingresos bancarios injustificadamente fraccionados o que no responden a una dinámica racional, por ejemplo, la transferencia instantánea de una importante cantidad ingresada minutos antes.

 

3. Vínculos con personas o grupos relacionados con una concreta actividad ilícita que origina ganancias

 

Este es otro indicio que se tendrá en cuenta y cuyos indicios pueden probarse a través de Intervenciones telefónicas, seguimientos, declaraciones testificales –arrepentidos-, copropiedad de inmuebles o sociedades, etc.

 

En Corto

 

Se entiende por lavado de activos el ingreso de activos provenientes de actividades ilícitas al sistema económico formal, aparentando un origen lícito, explicó Juan Carlos Medina Carruitero Presidente del Comité de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo de la Federación Latinoamericana de Bancos.

 

Cifras y datos

 

Cantidad. Desde el año 2011 al 2013 se hicieron entre 200 y 250 denuncias por casos de lavados de activos.

 

Resultado. La Procuraduría afirma que las sentencias por lavado de activos son pocas.

 

Carga. Actualmente, la Procuraduría Pública tiene un total de 80 mil procesos en curso, la mayoría de ellos por tráfico ilícito de drogas y pérdida de dominio.

 

Monto. Se está lavando cerca de US$ 10,000 millones, según el Ministerio Público

 

Para recordar

 

El sujeto obligado a reportar una actividad sospechosa es la persona natural o jurídica, que desarrolla una de las actividades económicas indicadas en la Ley 29038 – “Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s”, de acuerdo al siguiente detalle:

 

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