Es ya clásico que, sobre todo, en los supermercados y tiendas por departamentos, más de un vendedor nos aborde para intentar convencernos de contratar un seguro de tarjeta de la misma casa comercial. Pero qué pasa cuándo rechaza esta propuesta y al mes siguiente ¡sorpresa! le llega el recibo con el cobro de un seguro de tarjeta que nunca aceptó, ni firmó.
Lo natural es que se queje, de manera formal, ante la propia empresa y que solicite la ficha de inscripción del citado seguro, porque si usted no firmó dicho contrato, alguien más tuvo que hacerlo. De ser así estamos ante un caso de falsificación de firma, pero ¿cómo proceder en estos casos?
Lo primero que se debe hacer es formalizar la denuncia por falsificación y/o uso de firma falsificada en la comisaria del sector o ante el Ministerio Público, señala el fiscal Albert Pinedo Muñoz de la Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada.
La denuncia deberá hacerse en contra de la persona que reprodujo su firma y en la dependencia más cercana, de preferencia, al lugar donde le ofrecieron el seguro de tarjeta, señala.
SIGUIENTES PASOS
Luego lo notificarán para que se acerque a dar su manifestación. Junto con ello le pedirán que reproduzca su firma hasta en dos hojas en blanco.
Pinedo Muñoz, precisa que es importante que tenga a la mano documentos originales homólogos y coetáneos, es decir de fechas cercanas entre sí , donde conste su firma, pues servirán como muestra de comparación durante la pericia grafotécnica. Esta prueba es básica e indispensable en este tipo de procesos, porque determinará si hubo o no delito.
De otro lado, el Ministerio Público citará a la parte denunciada para tomarle también su manifestación y, paralelamente, solicitará a la empresa el contrato original del seguro que, supuestamente, usted firmó. Este es importante para que continúen las investigaciones respectivas.
Lamentablemente, comenta el fiscal, este es un proceso de largo aliento y que no tiene plazos.
DELITO PENADO CON CÁRCEL
Aunque nada lo justifica, existen vendedores inescrupulosos que suelen cometer el delito de falsificación de firma para cumplir con una determinada cuota de venta al mes a fin de llegar a cierta comisión, sin medir las consecuencias del daño que le provocarán al consumidor final e, incluso, a ellos mismos.
Por ello es importante recordarles, que el delito de falsificación de firma y/o uso de firma falsificada es penado con cárcel.
El fiscal Albert Pinedo Muñoz manifiesta que el Código Penal peruano, en su artículo 427, estipula de dos a diez años de pena privativa de la libertad al delito de falsificación de documentos. El tiempo de la pena dependerá de la gravedad y particularidad de cada caso, puntualiza. fuente diario el comercio
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