Mediante la Resolución Ministerial de la referencia se dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales- realicen desde el miércoles 8 de enero de 2014...
Número de la norma | : | 002-2014-EF/15 |
Tipo de Norma | : | Resolución Ministerial |
Fecha de publicación | : | martes, 07 de enero de 2014 |
Mediante la Resolución Ministerial de la referencia se dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales- realicen desde el miércoles 8 de enero de 2014 hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la Resolución que se está comentando.
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