clasificación de las normativas más relevantes de la semana. Lea el detalle de una de las modificaciones más importantes en materia laboral en Seguridad y Salud en el Trabajo y requisitos
del RUC.
1.- Resolución del Servicio Nacional de Metrología Nº 003-2014-SNM-INDECOPI (24.09.2014).- El Servicio Nacional de Metrología precisó que se reconocerá por única vez y de manera transitoria como organismo autorizado para hacer la verificación de los medidores de agua, a las empresas que cumplan con las condiciones preestablecidas hasta la fecha en que se concluya la transferencia de funciones al Inacal (Instituto Nacional de Calidad), conforme lo señala la Ley Nº 30224.
2.- Resolución de Superintendencia Nº 290-2014-SUNAT (23.09.2014).- La Sunat modificó las disposiciones en cuanto a la información a ser comunicada al momento de la inscripción en el RUC conforme lo señala la Resolución 210-2004-SUNAT, incluyendo la obligación de registro del correo electrónico y el celular de los contribuyentes para obtener el Registro Único de Contribuyente (RUC), y tiene como finalidad generar una comunicación más personalizada entre la entidad y los contribuyentes y/o responsables u otros obligados al momento de su inscripción en el RUC, así como facilitarle su tramitación.
3.- Resolución SBS N° 6253-2014 (22.09.2014).- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP modificó el Capítulo XI del Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones se dispone la elaboración, presentación e implementación del plan anual de trabajo de auditoría interna y sus respectivos informes, correspondiente al ejercicio de 2015, entre otras modificaciones.
4.- Decreto Supremo N° 010-2014-TR (20.09.2014).- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, precisó la Ley N° 30222, señalando que la autoridad de inspección del trabajo priorizara actuaciones de orientación. La subsanación de infracciones establece que si en una diligencia inspectiva el Inspector de Trabajo verifica el incumplimiento de una norma sociolaboral requerirá al empleador la subsanación de las infracciones detectadas (siempre que el incumplimiento pueda ser subsanable).
También precisó que la reducción del monto de la multa al 35% se aplica en la etapa del procedimiento sancionador por la autoridad competente de la instancia correspondiente; asimismo, prevé las pautas que seguirá la autoridad de trabajo para la determinación del beneficio de reducción, entre otros cambios. fuente: diario Gestión
Escribir comentario