Con el objetivo de mantenerte siempre informado, queremos comunicarte que mediante Ley N°30237 publicada el 17 de setiembre de 2014, se dejó sin efecto la afiliación y aportación obligatoria
de los trabajadores independientes que nacieron a partir del 01 de agosto de 1973 y que estuvo vigente por los períodos de devengue de agosto 2013 y agosto 2014. Mediante la Resolución SBS
N°6568-2014 se establecen las condiciones para realizar la devolución de dichos aportes en caso el afiliado así lo solicite.
Según nuestros registros, tu Cuenta presenta aportes obligatorios como trabajador independiente por dicho(s) periodo(s), por lo que podrás elegir entre dos opciones:
Opción 1: Mantener tus aportes e incrementar tu fondo de
pensiones
Puedes mantener en tu Cuenta los aportes obligatorios realizados como trabajador independiente y seguir incrementando tu fondo de pensión con la rentabilidad que estos generen. Para
obtener mayor información acerca de los beneficios del Sistema Privado de Pensiones, haz click aquí.
Si optas por esta opción, no es necesario que realices ningún trámite adicional.
Opción 2: Solicitar la devolución de tus aportes
obligatorios como trabajador independiente
Puedes solicitar la devolución de los aportes obligatorios realizados como trabajador independiente en los periodos de agosto de 2013 y/o agosto de 2014, a partir del 3 de octubre del 2014. Cabe
mencionar que no existe una fecha límite para solicitar la devolución de tus aportes y que puedes realizar el trámite en el momento que desees. Para obtener mayor información sobre el proceso,
haz click aquí.
El monto a devolver será la cantidad total en soles de los aportes obligatorios realizados como trabajador independiente; es decir, la suma del aporte, la comisión de administración de la AFP y la prima de seguro por ese período.
Si te decides por esta opción, deberás tener en consideración que dicha devolución solo se puede realizar una vez y deberá ser por el total de los aportes obligatorios realizados como trabajador independiente.
Además, deberás tener en cuenta que los aportes retirados no formarán parte del cálculo para determinar la cobertura del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, ni estarán siendo considerados en la composición de tu Fondo de Pensión cuando decidas jubilarte.
Para solicitar la devolución, puedes ingresar a tu Cuenta personal en www.integra.com.pe, registrand
Para cualquier duda o consulta adicional, ponemos a tu disposición nuestro Contact Center: 513-5050 para Lima y 0800-40110 (línea gratuita) para Provincias y nuestra página web: www.integra.com.pe, a
través de la opción “Contacto“.
Estamos para servirte,
AFP Integra
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