Tratamiento contable de la entrega de obsequios, vales y celebraciones a favor de los trabajadores

En el presente informe analizaremos los aspectos contables y tributarios más importantes de estas prácticas empresariales, principalmente en lo relacionado al Impuesto a la Renta, al Impuesto General a las Ventas y al uso adecuado de las cuentas contables para el registro de estas operaciones.



ENTREGA DE OBSEQUIOS A TRABAJADORES:     

En el mes de julio de 2014, con motivo de las fiestas patrias la empresa ESFUERZOS UNIDOS S.R.L. ha decidido sortear entre sus trabajadoras diversos electrodomésticos, para lo cual ha adquirido de un supermercado dichos bienes por un valor total de S/. 8,000 más IGV. Al respecto, la empresa nos consulta acerca de las implicancias tributarias y el tratamiento contable de la adquisición efectuada y de la entrega de dichos bienes a sus trabajadoras.


SOLUCIÓN:

En principio debemos señalar que la entrega de obsequios constituye un aguinaldo para los trabajadores y es un gasto deducible de acuerdo a lo establecido en el inciso l) del artículo 37º del TUO de la Ley del Impuesto a

la Renta.

Asimismo, debemos tener presente que el importe del obsequio otorgado a cada trabajadora se encuentra gravado únicamente con el Impuesto a la Renta de Quinta Categoría y debe constar en la boleta de pago de la trabajadora.


Con respecto al Impuesto General a las Ventas debemos indicar que la entrega de electrodomésticos a las trabajadoras constituye un retiro de bienes y por lo tanto se encuentra gravado con el IGV. Asimismo, la empresa deberá emitir la correspondiente boleta de venta con la leyenda “Transferencia Gratuita” en donde debe consignarse el valor referencial de la operación incluyendo el IGV y se deberá contar con una relación de las trabajadoras beneficiarias en donde consten los bienes entregados, la fecha y la firma de las trabajadoras.

En ese sentido, los asientos contables que debe efectuar la empresa ESFUERZOS UNIDOS S.R.L. son los siguientes:


a) Por la adquisición de los Electrodomesticos y el pago realizado

b) Por la emisión del comprobante de pago, haremos un asiento “simulado” de venta y luego procederemos a revertir el asiento de forma tal que solo se refleje la incidencia en el IGV.

c) Por la salida de los bienes y el reconocimiento del gasto

CENA A FAVOR DE TRABAJADORES:

En el mes de julio de 2014, la empresa EL SOL VERDE S.A.C. ha organizado un reunión y cena a favor de los trabajadores de la entidad incurriendo en un gasto de S/. 5,200 más IGV, la misma que fue cancelada con Cheque Nº 00125478. Al respecto, la empresa nos consulta acerca del tratamiento tributario y contable de los gastos incurridos.


SOLUCIÓN:

En principio debemos indicar que las comidas, banquetes, festejos y otros eventos similares ofrecidos por una empresa a favor de sus trabajadores

con motivo de celebraciones tales como: Fiestas Patrias, Día del Trabajador, Aniversario de la Empresa, Día de la Madre, Día del Padre o Fiestas Navideñas constituyen gastos recreativos, los cuales son deducibles para efectos del Impuesto a la Renta, considerando los límites del inciso ll) del artículo 37º del TUO de la LIR. En ese sentido, dicha norma señala que los gastos no deben exceder el 0.5% de los Ingresos Netos del ejercicio con un límite de 40 Unidades Impositivas Tributarias, Cabe recalcar que las cenas o los

eventos realizados por la empresa con motivo de la celebración de días festivos si serán deducibles, aún cuando estos eventos no están directamente relacionados a la producción o generación de rentas gravadas, porque constituyen un elemento motivador para el trabajador, el cual redundará en mayores beneficios económicos para la empresa.


Ahora bien, respecto al Impuesto General a las Ventas debemos indicar que, la empresa tiene derecho a utilizar el crédito fiscal de los gastos incurridos con motivo de las fiestas navideñas. Por consiguiente, los asientos contables que debe realizar la empresa EL SOL VERDE S.A.C. para registrar los gastos con motivo de las fiestas patrias son los siguientes:


ENTREGA DE VALES A LOS TRABAJADORES:

La empresa VENTAS EFICIENTES S.A.C. con motivo de las próximas fiestas patrias ha decidido otorgar a cada uno de sus 15 trabajadores un vale de consumo de S/. 100 para el SUPERMERCADO MAXIPLUS S.A.C. En ese sentido, la empresa ha cumplido con efectuar el pago total (S/. 8,500) al supermercado, el cual le ha hecho entrega de los vales, los cuales posteriormente serán entregados a sus trabajadores.


Al respecto, la empresa nos consulta acerca de las implicancias contables y tributarias de esta operación sabiendo que los vales sirven para adquirir cualquier bien que ofrece la tienda comercial.


SOLUCIÓN:

De acuerdo al análisis efectuado en el punto 4 del presente informe, la entrega de vales que efectúa el SUPERMERCADO MAXIPLUS S.A.C. a la empresa VENTAS EFICIENTES S.A.C. que cancela el monto que los representan, no conlleva la transmisión de propiedad de ningún viene mueble, por consiguiente, dicha entrega no se encuentra gravada con el IGV.

No obstante, la empresa reconocerá como gasto el importe de los vales en el momento en que estos sean entregados al trabajador y queden a disposición

de estos para que realicen los consumos respectivos.

Ahora bien, a continuación presentamos los asientos contables que debe efectuar la empresa VENTAS EFICIENTES S.A.C.



Escribir comentario

Comentarios: 2
  • #1

    Jenny (miércoles, 26 julio 2017 14:03)

    excelente

  • #2

    fernando noriega (miércoles, 19 septiembre 2018 18:38)

    como debería de ser el tratamiento contable, si es una retribución a los trabajadores que cumplen 25 años. Este es mi enunciado (es un máster de administración - tema contabilidad):

    El día 31 de octubre la empresa pacta mediante convenio una retribución especial de 10.000 € para aquellos trabajadores que permanezcan en ella 25 años. Se estima que el valor actual de los importes a pagar por este concepto es de 25.500 €. El tipo de interés de actualización es de 5% que se empieza a aplicar este mismo año.