Modifican las tasas de derechos arancelarios ad valorem cif para un grupo de subpartidas nacionales y modifican la descripción de una subpartida nacional

En aplicación del Decreto Supremo Nº 312-2014-EF, publicado el 06.11.2014, se modifcan las Tasas de Derechos Arancelarios Ad Valorem CIF y modifican la descripción de una subpartida nacional. En dicha norma se modifica a 0% las tasas de los derechos arancelarios ad valorem CIF establecidas en el Decreto Supremo Nº 238-2011-EF y modificatorias, para las subpartidas nacionales comprendidas en el Anexo Nº 1, el cual forma parte del presente Decreto Supremo.


Asimismo, se modifica la subpartida nacional 7905.00.00.91 del Arancel de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo N 238-2011-EF, en los términos siguientes:

 

 

Código

Descripción de la Mercancía

A/V

7905.00.00                

- Chapas, hojas y tiras, de cinc.

- Laminados planos en forma cuadrada o rectangular

 

7905.00.00.11

De espesor inferior o igual a 0.65 mm.

0

7905.00.00.12

De espesor superior a 0.65 mm.

0

7905.00.00.91

- Los demás:

Discos cuyo diámetro no exceda de30 mm; hexágonos cuyo lado de mayor longitud no exceda de 30 mm.

0

7905.00.00.90

- Los demás.

0


Escribir comentario

Comentarios: 0