Conoce las nuevas medidas económicas que cambiarán tu bolsillo en el 2015

La premier Ana Jara no exageró cuando dijo que el reciente paquete reactivador de la economía es el más importante que haya emitido el gobierno. Los cambios en materia laboral y tributaria son los más significativos en el establecimiento de las nuevas medidas que estarán comprendidas en próximos proyectos de ley y decretos supremos. Aquí te explicamos.

Con proyección al 2015, la aplicación del cuarto conjunto de medidas reactivadoras de nuestra economía será, según el propio titular del MEF, Alonso Segura, la que más privilegiará el crecimiento del país. Se trata de un compendio de decisiones tomadas y aprobadas por el Consejo de Ministros que modificarán regulaciones vigentes relativas a la inversión pública y al pago de impuestos.

 

 

 

Si bien el llamado 'paquete reactivador' seguirá su proceso de aprobación en el Pleno del Parlamento, la estimación de sus efectos ya ha generado diversos comentarios. Conozcamos algunas de estas nuevas medidas:

 

EN MATERIA TRIBUTARIA:

 

1. Menor impuesto a la renta para personas naturales. 

 

 

Si tu sueldo anual es de S/. 26, 600 a S/.45, 600 (de 7 a 12 UIT), esta medida puede serte de mucho interés. Hasta el momento, ganar entre S/. 2000 y S/. 4000 mensuales exigía un cobro por impuesto a la renta del 15% de tu remuneración anual. Sin embargo, para el 2015, el monto a contribuir será de tan solo 8%. 

Esto significaría una rebaja significativa sobre el monto aportado acostumbrado por los trabajadores en planilla, como lo indica el siguiente cuadro: 

 

SALARIO MENSUAL

IR ANUAL ACTUAL (15%)

IR ANUAL REDUCIDO (8%)

AHORRO ANUAL PROYECTADO

Desde S/. 2000

S/. 210

S/.112

S/. 98

Desde S/. 2500

S/. 1260

S/. 672

S/. 588

Desde S/. 3500

S/. 3360

S/. 2030

S/. 1330

Desde S/. 5000

S/. 6510

S/. 5180

S/. 1330

 

Asimismo, las personas que perciban mayores ingresos también serán beneficiadas con esta reducción. Ellos tributarán con el 8% por el tramo de su sueldo que ascienda a 12 UIT. Por el monto superior que perciban recién pagarán el 15%.

 

 

2. Menor impuesto a la renta para las empresas. 

 

 

El nuevo paquete también trae beneficios para las personas jurídicas. Si bien el cambio se percibirá de manera progresiva, las empresas ya no tendrán que abonar un pago por impuesto a la renta del 30% de sus ingresos anuales. Para el próximo año, esta cifra se reducirá al 28% y llegará a ser del 26% para el 2019.

 

 

3. Se buscará que empresas reinviertan sus utilidades.

 

 

El MEF también ha anunciado el incremento de la tasa de impuesto a los dividendos. Actualmente el reparto de utilidades está gravado con una tasa de 4.1%, la cual ascenderá a 6.8% el 2015. De esta manera, se busca estimular la reinversión de utilidades por parte de las empresas, pues estos pagarán una menor tasa del Impuesto a la Renta. 

 

Asimismo, se establecerá que todo tipo de préstamo de personas jurídicas a sus accionistas será considerado como dividendos, el cual será gravado con la tasa antes indicada.

 

 

En materia laboral

 

 

4. Reducción porcentual para el cese colectivo.

 

 

Si bien el despido colectivo no es una medida muy utilizada en las empresas, lo cierto es que hasta el momento solo es aplicable si resultan afectados al menos el 10% del personal y siempre que se presenten los supuestos previstos  en la ley (poca rentabilidad, quiebra, caso fortuito, entre otros). Con este nuevo paquete, las vías para el despido colectivo se flexibilizan, pues el mínimo ya no será de un 10% del total del personal sino tan solo del 5%.

 

 

5. Dos bonificaciones continuas ya no servirán de excusa para solicitar aumento remunerativo.

 

Si tu jefe te asigna un bono especial por algún motivo y vuelve a hacerlo en alguna fecha próxima a la anterior, ya no podrás reclamar que aquel monto sea considerado dentro de tu remuneración mensual de manera perenne. Esto buscaría que las empresas puedan entregar gratificaciones extraordinarias a sus trabajadores sin temor a que luego estos exijan incorporar estos conceptos a la escala remunerativa.

 

 

6. Inspectores laborales serán sancionados.

 

 

Finalmente, se sancionará a los inspectores labores que abran más de un proceso de inspección sobre un mismo hecho o sobre un mismo trabajador. De igual forma, el inspector también será sancionado si inicia un procedimiento en aquellos casos que ya están siendo vistos por instancias judiciales.


Escribir comentario

Comentarios: 0