Cronograma De Vencimiento Para La Presentación De La Daot Correspondiente Al Ejercicio 2014

Mediante Resolución de Superintendencia Res. N° 024-2015/SUNAT, publicada el sábado 24 de Enero de 2015, se ha aprobado el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) o de la “Constancia de no tener información a declarar”, correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo a las fechas señaladas a continuación:

Último dígito del número del RUC

Vencimiento

8

16.02.2015

9

17.02.2015

0

18.02.2015

1

19.02.2015

2

20.02.2015

3

23.02.2015

4

24.02.2015

5

25.02.2015

6

26.02.2015

7

27.02.2015

Buenos contribuyentes

02.03.2015

 

Es importante señalar que por el ejercicio 2014, los sujetos obligados por haber presentado una Declaración Jurada del IGV (sujetos comprendidos en el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 024-2002/SUNAT), estarán obligados a presentar la DAOT por el ejercicio 2014, siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

a) El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias. Para tal efecto se sumaran los montos que deben ser consignados en las casillas Nº 100, 105, 109,112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621

y/o en la casilla Nº 100 del Formulario Virtual Simplificado IGV- Renta Mensual.

b) El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias. Para tal efecto se sumaran los montos que deben ser consignados en las casillas Nº 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621 y/o en la casilla Nº 107 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV-Renta Mensual.

 

Cabe mencionar que para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual Nº 3500 – versión 3.3 utilizando la Unidad Impositiva Tributaria vigente durante el ejercicio 2014.

 

IMPORTANTE

Los sujetos que al 25 de Enero de 2015 se encuentren omisos a la presentación de la DAOT correspondiente a ejercicios anteriores al 2014 deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros” - Formulario Virtual Nº 3500

 

- versión 3.3, no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT, la que se efectuará según lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento. Lo antes señalado también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias que correspondan a los ejercicios indicados.




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Comentarios: 1
  • #1

    Stephine Golub (martes, 31 enero 2017 04:05)


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