Informe N.° 006-2015-SUNAT/5D0000 ¿Se puede acoger al nuevo RUS una persona o EIRL que vende arena, piedra y similares?

Una persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuya actividad económica es la compra y venta de agregados (tales como arena, piedra, hormigón y similares) puede acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado, en tanto cumpla con las condiciones establecidas en la mencionada Ley; no siendo posible dicho acogimiento para el resto de las personas jurídicas, en ningún caso.



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