Gastos por pasajes aéreos para que el trabajador retorne a su país

RTF N°: 7528-2-2014 / 20.06.2014

El Tribunal Fiscal señala que son deducibles los gastos por pasajes aéreos para que el trabajador retorne a su país en el periodo de vacaciones, exigibles al contribuyente en virtud al contrato de trabajo, cuya causalidad y fehaciencia han sido probadas, independientemente de la discusión de su naturaleza de condición de trabajo o remuneración, pues estos últimos no constituyen aspectos que correspondan analizar respecto a la deducibilidad del gasto.


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