LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 2014: Es mejor revisarla antes de presentarla

Como en todos los años, los meses de marzo y abril son cruciales para todos los contribuyentes que se encuentran en la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante el fisco. En este año 2015 corresponde presentar la Declaración Jurada del ejercicio gravable 2014.

El cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014, fue aprobado por SUNAT a través de la Resolución de Superintendencia N° 380-2014/SUNAT, el cual se inicia el día martes 24 de marzo y culmina el viernes 9 de abril de 2015. Conforme se acercan los plazos indicados anteriormente la expectativa de cumplir con la presentación sin problemas es mayor.


En el caso de las personas que son generadores de rentas de tercera categoría en el Régimen General del Impuesto a la Renta, resulta interesante efectuar una revisión de las montos generados como ingresos devengados en el ejercicio gravable 2014, los gastos deducibles, las adiciones que se deben efectuar, los reparos necesarios, el uso correcto de los saldo arrastrables de ejercicios anteriores, la verificación del arrastre de las pérdidas tributarias y su correcta aplicación, la elaboración de los datos que deben ser incorporados en el Balance Anual de Comprobación, el ingreso de la información de los créditos que se puedan aplicar contra el impuesto, entre otros datos.


Lo que debemos tener cuidado al ingresar la información en el PDT N°  692 Renta anual 2014 3ra categoría e ITF, es que los datos sean los correctos, sobre todo para evitar más adelante la necesidad de realizar alguna rectificatoria que determine un mayor pago de tributos, además de la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178° del Código Tributario, por declarar cifras o datos falsos.


Se sugiere que antes de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta indicada anteriormente, se deba revisar cada uno de los datos incorporados en la misma, lo cual implica un mayor esfuerzo, que en ocasiones se deja de lado por la premura en cumplir con la presentación en la fecha indicada.


Sin embargo, es preferible tomarse un esfuerzo adicional, de tal manera que si una persona ingresa información en el PDT respectivo, otra lo pueda revisar y confirmar antes de la presentación. Ello por un tema de prudencia y seguridad, anticipándose a la comisión de algún error que más adelante pueda perjudicar a la empresa o generar alguna contingencia no deseada.

Otro dato adicional que debe ser tomado en cuenta es que la información que se ingrese en el PDT debe realizarse en un equipo de cómputo que no presente fallas y que cuente con la debida conexión a internet, para poder cumplir con el envío de la información de manera telemática sin sufrir alguna interrupción durante la transmisión de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014, en caso se opte por enviarla por internet.


Tratándose del caso en el cual se cumpla con presentar la declaración jurada anual a través de alguna institución bancaria, se debe grabar la información en un dispositivo USB (de preferencia nuevo), que solo contenga como única información la declaración jurada a presentar, con espacio suficiente y que no tenga algún archivo infectado con un virus. Ello permitirá, además de agilizar la presentación de la declaración respectiva tener la seguridad que la misma ha sido presentada sin existir problemas.


MARIO ALVA MATTEUCCI

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