Emisión obligatoria de facturas virtuales se extiende a julio

La Sunat amplío hasta el 31 de julio del 2015 el plazo para que las empresas se adecuen al nuevo Sistema de Emisión Electrónica (SEE) de Comprobantes de Pago.

El fisco designó en un primer momento a 239 empresas autorizadas a emitir sus facturas electrónicas, así como boletas de venta, notas de crédito y notas de débito virtuales desde el 1 de octubre del 2014.

Para ello, los contribuyentes tenían como plazo de adecuación hasta el 1 de abril del 2015, pudiendo emitir comprobantes de pago electrónicos y físicos a la vez, como máximo hasta el 31 de marzo del 2015.

Sin embargo, con el objeto de brindar mayores facilidades, la Administración Tributaria dispuso un nuevo plazo de adecuación que vencerá el 31 de julio del presente año.


Por ello, la obligación de emitir facturas electrónicas recién se iniciará el 1 de agosto próximo.

Asimismo, la ampliación del plazo se aplicará a aquellos contribuyentes que el 31 de diciembre del 2014, hayan pasado el proceso de homologación para emitir el SEE, de manera satisfactoria.


El proceso de homologación referido permite verificar a manera de ensayo si los comprobantes generados por el contribuyente son enviados, cuando correspondan, a través del servicio web y si cumplen con lo requerido para tener la calidad de comprobantes de pago electrónicos, notas electrónicas, resumen diario y comunicación de baja.

De otro lado, también se incluirá a los contribuyentes que hayan iniciado la emisión electrónica en el SEE-SOL, es decir, a través de la web y plataforma de la Sunat.


Finalmente, se modificó el resumen de comprobantes impresos referidos a fecha de emisión, datos del documento, datos del adquiriente, importes e información adicional vigente desde el 1 de enero del 2016.

Para recordar Ahorro. El mercado español, por ejemplo, no trabaja con facturas físicas y ahorra US$ 9 por cada e-factura.

Cantidad. 20,000 empresas usarán facturas electrónicas este año, estimó la Cámara de Comercio de Lima.



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