La Ley 30296, modifica las tasas aplicables a los Dividendos y otras formas de distribución de utilidades, estableciendo un incremento gradual a partir del ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente cuadro:
Algo muy importante que debemos mencionar es que la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley establece que dichas tasas aplican a la distribución de dividendos y otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del 01 de enero de 2015. Por tanto, se prescribe que a los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados según lo dispuesto en el artículo 24°-A TUO LIR, obtenidos hasta el 31.12.2014 que formen parte de la distribución de dividendos o de cualquier otra forma de distribución de utilidades se les aplicará la tasa de 4.1%.
Asimismo, se procedió a modificar los artículos 54° y 56° de la Ley del Impuesto a la Renta, respecto a los Dividendos y otras formas de distribución de utilidades aplicables tanto a las Personas Naturales como Jurídicas No Domiciliadas, aplicando las mismas tasas antes detalladas.