En el mes de abril empezó sus actividades una EIRL que se encuentra
en el régimen general. ya nos toca declarar nuestro primer mes, aquí la duda. DURANTE ESTE MES NO HEMOS CONTRATADOS LOS SERVICIOS DE NINGÚN TRABAJADOR, ESTO ME AFECTA?, DEBERÍA CONTRATAR SI O SI
UN TRABAJADOR?, y de contratar este mes a un trabajador....debería regularizar algo?. Este mes solo declarare las compras y ventas, o obligatoria mente
debería incluir un trabajador mas?
Así comentaron los MIEMBROS DE GRUPOS CONTABLES EN FACEBOOK:
QUE OPINA USTED?
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