un cliente me envió este documento lo pongo o no lo pongo en las compras del mes
ASÍ RESPONDIERON LOS MIEMBROS DE GRUPOS CONTABLES. QUE OPINA USTED?
Keli Jhackeline Enrique Riveraderrepente compro para alguna venta y le solicitaron
muestras. Emoticono unsure es en serio
Seymour Murillo Garcia
Victor EduardoJajaajajjajjajaajajaja
Mirian Aracelly Yataco Mejiano xq eso es consumo personal.. como verán la empresa no va
hacer una compra de.cada producto??
Keli Jhackeline Enrique Riveraash. ! sucede.. y no es broma
Jorge Luis Inga Cruzpreservativo Emoticono pacman
Keli Jhackeline Enrique Riverabueno hay investiguen lo el motivo pero yo tengo
ideas.
Maicol Galindogiro de la empresa : GIGOLO Emoticono smile
Saúl GarcíaEn todo caso, tendrian que demostrar. Yo tengo un caso en que
me desembarcaron un Ticket de Plaza Vea de más de 500.- porque el que compró incluyó una lentejita de S/. 1.-. Alli la proporcionalidad y la razonalidad se van al
tacho, más aún ahora que los Sunateros están necesitados de plata.
Frm StudyNo
Rtasayco ChavezQue buena tio gastos personales no se
consideran
Romell PizangoES MUY CIERTO
Gregory Alexander Medina LudeñaSin comentario ajajaj
Ederson Ponce Villaverdecomo salio dinero de la empresa registralo financieramente
como gasto, y ya ps tributariamente lo reparas art. 44 LIR gastos personales
Ederson Ponce Villaverdejajajajajjajajaja
Cesar Caballero Córdovacontablemente si es aceptado, pero tributariamente tendrias
que repararlo a fin de año
David Fajardo Mallmaes gasto personal,pero da igual como lo consideres por ser un
monto mínimo.
Conta GraySerá observado por SUNAT en cualquier fiscalización. Por ese
monto no vale la pena arriesgarse. a parte es poco ético y habla mal de quien trata de pasar esos gastos "personales"como de la
empresa.....
Jorge RomeroEs importante ver la operación más allá
del comprobante de pago. Las empresas mineras incluyen dentro de su régimen de alimentación el expendio de golosinas a la media noche (chocolates,
caramelos, incluso bebidas energizantes) y esto no califica como gastos personales y son deducibles a
luz del impuesto a la renta. Estos es un tema de habitualidad, que también es un criterios principio aplicable; incluso por la
SUNAT
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