Despido de trabajador de confianza o dirección por retiro de confianza

El Tribunal Constitucional (TC), a través de diversas sentencias, ha señalado pautas precisas sobre el tratamiento del personal de confianza, considerando en este contexto que no es la “persona” la que determina que un cargo sea considerado como de confianza, sino que es la naturaleza misma de la función ejercida la que asigna la especial condición laboral del trabajador.

Particularmente, el Tribunal Constitucional ha precisado también con suficiente claridad que los trabajadores de confianza cuyos cargos se encuentren debidamente acreditados y que son cesados por disposición del empleador, no tienen derecho a la reposición en el trabajo, sino únicamente a la indemnización aplicable en caso de despido incausado. (Sentencia del TC de 19.04.2004, Exp. Nº 746‐2003‐AA/TC).

Similar criterio ha sido asumido también por la Sala Transitoria de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de la República en la Casación Nº 820‐2002, Lambayeque, en cuyo Sexto Considerando se afirma “que el retiro de confianza de un trabajador de dirección constituye despido…lo cual tiene como efecto el pago de la indemnización correspondiente”.

Resulta evidente, en consecuencia, que tanto para la Corte Suprema como para el Tribunal Constitucional el personal de dirección y el de confianza no están amparados contra el despido adnutum, reconociéndoseles el pago indemnizatorio correspondiente en caso de retirárseles la confianza por parte del empleador.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha precisado un criterio particular en caso que el trabajador designado como de confianza, lo haya sido por promoción, es decir después de haber desempeñado otros cargos sin esta especial connotación. En tal situación, la pérdida de confianza sufrida por el trabajador, no generará el cese definitivo en su actividad laboral, sino que el empleador estará obligado a retornarlo a sus labores anteriores, salvo que hubiere quedado acreditada la comisión de falta grave por parte del servidor.


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