Mediante Acuerdo de Consejo Directivo ESSALUD N° 8-13-ESSALUD-2015, publicado el día lunes 10 de agosto, el Consejo Directivo del ESSALUD ha aprobado sendos reglamentos los cuales tienen por finalidad regular los siguientes temas:
-Régimen excepcional de facilidades de pago para deuda de terceros no asegurados o asegurados sin derecho de cobertura por prestaciones de salud otorgadas por ESSALUD.
-Régimen excepcional de facilidades de pago y/o canje de deudas con bienes inmuebles para deuda no tributaria por concepto de reembolso del costo de de las prestaciones y multas administrativas a cargo de ESSALUD.
En el primer caso, el dispositivo comprende aspectos como deuda materia de acogimiento, pagos a cuenta, modalidades de pago, suscripción del convenio, entre otros; por su parte, la segunda norma regula temas como rangos de deuda, pago fraccionado, canje de deuda con bienes inmuebles, entre otros.
Ambos regímenes se encontrarán vigentes a partir del día de mañana martes 11 de agosto y tendrán una duración de doce (12) meses cada una de manera independiente.
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