un trabajador no trabajo 3 días durante la semana, pero estuvo con permisos autorizados por el empleador, pero sin goce de haber... tiene derecho a remuneración dominical? completa? o también
existe dominical parcial?
Respuesta 01: NO TIENES DERECHO POR QUE NO HA LABORADO SOLO ES EL DOMINICAL YA SEA OBRERO O EMPLEADO SIEMPRE ENCUANDO HAYAN LABORADO LA NORMA DICE BIEN CLARO CUANDO UNO LABORA
NACE ESAS OBLIGACIONES A MENOS QUE LO NEGOCIES INTERNAMENTE CON EL EMPLEADOR PERO LA NORMA DICE SIEMPRE EN CUANDO HAYAS LABORADO OJO CON ESO.
Respuesta 02: Que entiendes por "Sin goce de haber" ?, Estimado el dominical se paga proporcional a los dias laborados durante la semana
Te lo respondo con un ejemplo:
Sueldo: S/. 750
Sueldo = 750.00
(-) descuento x 3 dias = 75.00
(-) descuento proporcionales x 3 dias = 2.50
-------> Total = S/. 672.50
El dominical es S/. 25/6 x 3.
Respuesta 02: El artículo 2 del Decreto Supremo 012-92-TR señala:
En caso de inasistencia de los trabajadores remunerados por quincena o mensualmente, el descuento proporcional del día de descanso semanal se efectúa dividiendo la remuneración ordinaria percibida en el mes o quincena entre treinta (30) o quince (15) días, respectivamente. El resultado es el valor día. El descuento proporcional es igual a un treintavo o quinceavo de dicho valor, respectivamente.
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