Facilitará inversión privada del sector construcción.
Mediante el Decreto Legislativo Nº 1225, el Poder Ejecutivo estableció una serie de modificaciones a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, para promover el desarrollo de proyectos inmobiliarios y la inversión privada en el sector construcción.
Para tal fin dispuso medidas destinadas a garantizar la obtención oportuna de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación, modificando los artículos 4, 10, 11, 16 y 25 de la referida norma.
Cambios
Entre las modificaciones se establece a los actores que intervienen en estos procesos, como el promotor inmobiliario o habilitador urbano; los propietarios; los profesionales responsables del proyecto y el de la habilitación urbana o edificación.
Asimismo, la comisión técnica; los revisores urbanos; los delegados ad hoc; los delegados de servicios públicos; las municipalidades; el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el registrador público; el Colegio de Arquitectos del Perú y Colegio de Ingenieros del Perú.
La norma prevé que las modalidades de aprobación para la obtención de licencias de habilitación urbana o edificación serán cuatro, entre ellas la modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales; modalidad B: aprobación con evaluación por la municipalidad o con evaluación previa por los revisores urbanos, también está la modalidad C: aprobación de plan con evaluación previa de la comisión técnica.
Datos
El Gobierno fijó la norma que permitirá la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (Cite).
También creó el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, que permitirá promover, fomentar y agilizar la inversión.
Estas acciones se ejecutarán mediante el desarrollo de las asociaciones público- privadas (APP) y proyectos en activos, para dinamizar la economía.
Fuente: Diario El Peruano Pág.: 7
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