Renunciar o ser despedido: ¿cuál opción es más conveniente?

La renuncia y el despido son dos figuras laborales que le dan fin a la relación formal entre trabajador y empleador y cada una encierra ventajas y desventajas económicas y morales para ambas partes, explica el socio de PwC, César Puntriano.

DESPIDO ARBITRARIO


Además de la liquidación de ley -en la que se entregará al trabajador todos los beneficios económicos truncos, como gratificaciones y vacaciones, así como una carta para el retiro de su CTS- en el caso del despido arbitrario se abonará una indemnización, fijada por la ley en una remuneración y media mensual por año de trabajo, con un tope de 12 remuneraciones libres de impuestos.


“Eso significa que el trabajador recibirá el monto neto. Por ejemplo, si el colaborador trabajó por 10 años con un sueldo de S/.2 mil, va a recibir S/.24 mil netos”, apunta el experto laboralista.


La desventaja del despido arbitrario está en la mancha que quedará para el empleado en su hoja de vida. “Hoy las empresas al reclutar talento siempre llaman a los empleadores anteriores y se van a enterar que el trabajador fue despedido arbitrariamente y eso no es muy bien visto”, señala. Por el lado de las empresas, la posibilidad de que el trabajador pida su reposición -otra de las posibilidades ante un despido arbitrario- es el mayor riesgo.


ACUERDO DE CESE


Para evitar complicaciones futuras tanto para el empleador como para el trabajador, el laboralista sugiere recurrir al acuerdo de cese. Mediante este documento, se evita dañar la hora de vida laboral del empleado y la empresa puede incorporar cláusulas, como un pacto para evitar el ‘jale’ de los compañeros de oficina a la empresa a la que irá el trabajador saliente.


“Para el trabajador se elimina la mancha del despido y si el cese forma parte de un programa e retiro incentivado, el monto que se negocia como indemnización está libre de impuestos”, agrega el socio de PwC.


LA RENUNCIA


Como detalla Puntriano, la renuncia es más ventajosa cuando la busca la empresa porque se abre la puerta a la negociación, más no cuando el trabajador decide su salida por una nueva oferta laboral, por ejemplo, pues solo recibirá su liquidación de beneficios sociales.


“En el caso de trabajadores con contratos a plazo fijo”, anota el laboralista, “no se tiene derecho a reposición, solo hay derecho a la indemnización”, recuerda.


Fuente: Diario El Comercio

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