¿Cuáles son los requisitos para la devolución del saldo de percepción no aplicado?

Los clientes de agentes de percepción podrán solicitar devolución por el saldo de percepción no aplicado cumpliendo los siguientes requisitos:

Haber presentado todas las declaraciones (PDT621) por el periodo por el que solicita la devolución en su condición de cliente.

El contribuyente deberá tener saldo de percepciones no aplicadas por un plazo no menor de 3 meses en forma consecutiva. Inc b) del Art. 31°de la Ley del IGV.

Solicitar la devolución del saldo no aplicado hasta por el monto acumulado que conste en la declaración correspondiente al último periodo tributario vencido a la fecha de presentación de la solicitud mediante formulario N°4949, siempre que se haya cumplido con los plazos señalados en el punto anterior.

El cómputo del plazo para poder solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas, se iniciará a partir del periodo siguiente a aquel consignado en la última solicitud de devolución presentada, de ser el caso, aún cuando en dicha solicitud no se hubiera incluido la totalidad del saldo acumulado a esa fecha.

El plazo máximo para atender la devolución es de 45 dias hábiles de acuerdo al art. 32° del D.S. 126-94-EF.


Fuente:

http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1686:devolucion&catid=200:adevolucion-y-compensacion&Itemid=371

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