Si, el contribuyente podrá solicitar se le otorgue una prorroga a fin pueda cumplir con presentar la documentación solicitada, siempre que exista causa justificada que lo amerite.
El cuadro adjunto grafica el momento para solicitar la prorroga y el plazo mínimo que podrá otorgársele al contribuyente:
EXHIBICIÓN Y/O PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN |
PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE PRÓRROGA |
PLAZO OTORGADO |
NOTIFICACIÓN DE LA CARTA DANDO RESPUESTA A LO SOLICITADO |
Cuando se requiera de manera inmediata | En el mismo acto, por lo que el Agente Fiscalizador elaborará un Acta | No menor a dos (2) días hábiles | – NO APLICA |
Cuando deba cumplirse en un plazo mayor a tres (3) días hábiles | Con una anticipación no menor a tres (3) días hábiles | El que se indique Carta notificada al Sujeto Fiscalizado | Hasta el día anterior a la fecha de vencimiento del plazo original del Requerimiento |
Cuando debe efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles | Hasta el día hábil siguiente de realizada la notificación |
Base Legal: Art. 7º del D.S. No. 085-2007-EF
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