Artículo 2°.- APROBACIÓN DE FORMULARIOS
Apruébanse los siguientes formularios virtuales:
a. Formulario Virtual N.° 701 – Renta Anual 2015 – Persona Natural (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera).
b. Formulario Virtual N.° 702: Renta Anual 2015 – Tercera Categoría.
c. PDT N.° 702: Renta Anual 2015 – Tercera Categoría e ITF.
El PDT N.° 702 estará a disposición de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir del 4 de enero de 2016.
El Formulario Virtual N.° 701 – Renta Anual 2015 – Persona Natural y el Formulario Virtual N.° 702 estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 15 de febrero de 2016.
Escribir comentario