¿Qué rentas se deben declarar ante la Sunat? ¿Quiénes están obligados a hacerlo? ¿Cuáles son los pasos? Aquí te lo explicamos
La Sunat ya publicó el cronograma para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR). Así, en función del último dígito del RUC, los contribuyentes podrán saber hasta cuándo tienen plazo para pagar.
Hay que tener en cuenta que esta fecha es el último día de pago, por lo que los contribuyentes pueden hacerlo desde la quincena de febrero, fecha desde la cual están disponibles los formularios virtuales que facilitan la declaración de impuestos.
Juan Manuel Salazar, especialista en Tributos y socio de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, indicó algunos aspectos que se deben considerar al momento de declarar y pagar el Impuesto a la Renta este año.
¿QUÉ RENTAS SE DEBEN DECLARAR?
Las personas que sólo reciban ingresos por su condición de empleados en planilla no deberán presentar declaración jurada, pues su empleador efectúa las retenciones mensuales.
Por el contrario, si además de ser empleado en planilla, la persona emite recibos por honorarios o recibe renta por fuente extranjera –es decir, por haber realizado actividades en el extranjero— deberá presentar su declaración jurada y pagar el Impuesto a la Renta correspondiente.
“Lo primero que uno debe hacer es un listado del tipo de rentas que uno ha recibido durante el ejercicio fiscal (2015), para saber si debe o no presentar la declaración jurada”, recomienda Salazar. El especialista recuerda que para presentar la declaración jurada, la persona debe tener un número de RUC.
FACILIDADES
Hay que tener en cuenta que desde hace unos años, la Sunat proporciona formularios virtuales personalizados, que funcionan como una especia de “pre declaración”, explica Salazar.
La Sunat ha venido llenando este formulario a lo largo del año, a través del cruce de información. Por ejemplo, en caso el contribuyente emita recibos por honorarios, la Sunat cruza la información con las retenciones que ha efectuado la empresa a la cual ese contribuyente ha emitido recibos.
“La información que en el formulario se incluye, es bastante cercano a la realidad, pero igual uno tiene que revisarlo, porque no siempre es exacta la información”, opina Salazar. Sin embargo, agrega que sí facilita la declaración para los contribuyentes.
CÓMO SE CALCULA EL IMPUESTO A LA RENTA
Estos son los pasos a seguir para calcular el Impuesto a la Renta que se debe pagar:
- PRIMERO. Sumar las rentas de cuarta y quinta categoría y las rentas de fuente extranjera.
- SEGUNDO. Al total que resulte, se le debe restar 7 UIT (S/.26.950).
- TERCERO. A esa nueva cifra se le deberá aplicar la tasa del Impuesto a la Renta que corresponda. Se debe recordar que existen cinco tramos –y ya no tres— y nuevas tasas aplicables:
CUARTO. Al monto que resulte luego de aplicar la tasa del Impuesto a la Renta, se le debe restar las retenciones efectuadas a lo largo del 2015. Estas retenciones son pagos a cuenta que el contribuyente ha realizado a lo largo del año como parte del impuesto que deberá pagar.
- QUINTO. El monto que resulte es el impuesto que le corresponde pagar.
Diario El Comercio
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