En caso que el trabajador quiera renunciar, debe de comunicar con 30 días de anticipación a su empleador, sin embargo la misma normativa estipula que el empleador puede exonerarlo de que asista a trabajar.
Ahora bien, en caso que el empleador rechace la solicitud del trabajador de exonerarlo del plazo, tiene 3 días para comunicarlo.
Base legal: T.U.O. del D. Leg. 728, Art. 18.
Fuente: Grupos Contables de facebook - Sergio Romero
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