CONSULTA LABORAL: CONCEPTO DE INTERMEDIACIÓN LABORAL

¿Qué se debe entender por intermediación laboral? 

 

La intermediación supone el destaque de trabajadores por un tercero a una empresa usuaria para que esta última ejerza las facultades de dirección propias de todo empleador.

Para tal fin, se apela al empleo de empresas de servicios especiales –denominadas services– y cooperativas de trabajo, las que destacan a sus trabajadores a otro centro de labores denominado “empleador usuario” con el cual los trabajadores destacados no tienen relación directa, en la medida que su vinculación laboral la mantienen con el titular de la intermediación.

 

Para la intermediación se considera como “centro de trabajo” el lugar o lugares donde se encuentran las instalaciones de la empresa usuaria donde el trabajador presta sus servicios, y “centro de operaciones” como el lugar o lugares donde el trabajador realiza sus labores fuera del centro de trabajo de la empresa usuaria.

 

Base legal: Artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2002-TR.

 

Fuente: Vera Paredes


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