CONSULTA TRIBUTARIO: UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ¿PERMITE SUSTENTAR GASTO PARA EFECTOS TRIBUTARIOS?

Si, un contrato de arrendamiento permite sustentar gasto para efectos   tributarios, siempre que las firmas de los contratantes estén legalizadas   notarialmente.

 

Cabe mencionar que si el contrato es legalizado posteriormente al   inicio del alquiler sólo sustentará gasto a partir de la fecha en que dicho   contrato sea legalizado.

 

Base legal: inciso d) numeral 6 del artículo 4 del Reglamento de   Comprobantes de Pago Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT

 

Fuente: Vera Paredes


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Comentarios: 1
  • #1

    Jose (jueves, 20 enero 2022 22:46)

    Alquilamos un local . contrato sin ser notariado. Pero estuvimos pagando IR 1RA CT. Estuvimos en falta. Que concesuencias llevara esto(no sustentamos gasto por suministros) saludos de ante mano.