El Ejecutivo dispuso la reducción de la tasa de Impuesto General a las Ventas (IGV) a partir de julio de este año, siempre y cuando la recaudación anualizada hasta mayo del 2017 del IGV total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del Producto Bruto Interno (PBI).
Al respecto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisó que en un nuestro país existe un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 18%, el cual se compone de dos impuestos:
1. Impuesto General a las Ventas (IGV), actualmente de 16%.
2. Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), actualmente de 2%.
De esta manera, el 18% antes mencionado corresponde a la suma del IGV (16%) y el IPM (2%).
Esta medida se dio con el Decreto Legislativo N° 1347, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, que modifica la tasa del IGV establecida en el Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo.
“El Decreto Legislativo publicado hoy faculta al Ejecutivo a legislar en materia de reactivación económica, permitiendo modificar la Ley del IGV a fin de reducir en un punto porcentual la tasa de dicho impuesto, de 16% a un 15% a partir de julio de este año”, señaló el comunicado del MEF.
Agregó que esta reducción se dará siempre que la recaudación anualizada de este impuesto (neto de devoluciones) alcance el 7.2% del PBI para asegurar el cumplimiento de la consolidación gradual del déficit fiscal con el objetivo de llegar al 1% al 2021.
“En este sentido, el Gobierno cumple con las facultades delegadas y conjuntamente con el respeto por la sostenibilidad de las cuentas fiscales”, afirmó.
(FIN) CNA/CNA
Fuente: Andina.pe
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